Organismos del Estado deben informar nómina de quienes participan en procesos de compra y gestión contractual en www.mercadopublico.cl
A partir de los cambios normativos, se establece además que este mismo grupo de funcionarios y funcionarias debe realizar su Declaración de Intereses y Patrimonio (DIP).
Para aumentar la probidad y la transparencia en el marco de los cambios a la Ley de Compras Públicas, las instituciones regidas por la normativa deben registrar en los formularios habilitados en Mercado Público la nómina con el personal que participa del procedimiento de compra y de ejecución contractual y las funciones que cumplen en tales procedimientos, sean personal de contrata, planta o honorario.
De esta manera, desde la entrada en vigencia de las modificaciones normativas el 12 de diciembre de 2024, los organismos públicos deben informar, conforme lo dispuesto en el artículo 13 del Reglamento, respecto a quienes son:
- Los funcionarios y funcionarias que hacen el requerimiento de compra
- Participantes de la Unidad de compra o unidad equivalente
- Evaluador o quienes integran la comisión evaluadora
- El personal responsable de la visación jurídica de los respectivos actos administrativos
- Los administradores de los respectivos contratos
- Firmantes de contratos
El módulo de www.mercadopublico.cl donde debe publicarse esta nómina varía según el procedimiento de compra. Revisa en el tutorial el paso a paso cómo hacerlo:
Declaración de Patrimonio e Intereses (DIP)
Las mismas personas que integran las mencionadas nóminas deben realizar además su Declaración de Patrimonio e Intereses (DIP) de manera individual en el sitio declaracionjurada.cl/dip/ administrado por la Contraloría General de la República.
Aquí deben seguir las instrucciones, llenando los campos correspondientes, manteniendo la información actualizada cada seis meses, específicamente en los meses de marzo y septiembre. El personal nuevo que tiene que realizar la DIP debe realizarlo dentro de un plazo de 30 días corridos desde que asumen su cargo, y actualizarla en el mes de marzo y septiembre de cada año según corresponda.
Revisa los videos explicativos: