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Dictamen N° 29.179

Fecha: 04-06-2009 

Organismo que realiza la consulta: Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas

Tema de la Consulta: Modificación de contrato

Resumen

Se abstiene de tomar razón de resoluciones que aprueban modificaciones de contratos por cuanto no se ajustan a derecho, atendidas entre otras las siguientes consideraciones:

La posibilidad de introducir modificaciones a los convenios no fue prevista en las bases que rigieron la respectiva licitación ni en los contratos primitivos, siendo improcedente, a dichos efectos, invocar la causal de modificación de los contratos de compras consistente en el mutuo acuerdo, contemplada en los artículos 13 de la ley N° 19.886, y 77 de su reglamento, por cuanto las situaciones que justifican la modificación o el término anticipado de los contratos administrativos, en virtud de las disposiciones referidas, deben contemplarse en el correspondiente pliego de condiciones o en el convenio que se pretende cambiar.

Reparar que en las modificaciones se están acordando por las partes beneficios que no fueron previamente contemplados en las bases de licitación y, por ende, conocidos por los demás interesados en la misma, impidiéndoles considerarlos al momento de evaluar su participación en ésta, como lo es por ejemplo la reajustabilidad del precio, todo lo cual constituye una vulneración de los principios de igualdad de los oferentes y de estricta sujeción de las bases de la licitación.

Un elemento esencial del contrato, como es el objeto del mismo, no puede ser modificado, puesto que se pasa a constituir una convención diversa.

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Dictamen N° 29.205

Fecha: 04-06-2009 

Organismo que realiza la consulta: Instituto Nacional de Hidráulica

Tema de la Consulta: Excepciones a la Ley N° 19.886

Resumen

El artículo 3° de la Ley N° 19.886, que exime de su aplicación, entre otros actos, los convenios que celebren entre sí los organismos públicos enumerados en el artículo 2°, inciso primero, del decreto ley N° 1.263, de 1975.

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Dictamen N° 29.318

Fecha: 05-06-2009 

Organismo que realiza la consulta: Subsecretaría de Educación

Tema de la Consulta: Inhabilidades para contratar

Resumen

La Ley N° 20.088, publicada el 6 de enero de 2006, incorporó, al artículo 6° de la ley N° 19.886, un inciso cuarto, el cual establece que “Ningún órgano de la Administración del Estado y de las empresas y corporaciones del Estado o en que éste tenga participación, podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o prestación de servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N° 18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas”.

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Dictamen N° 30.109

Fecha: 10-06-2009 

Organismo que realiza la consulta: Instituto de Desarrollo Agropecuario

Tema de la Consulta: Fundamentación del trato directo

Resumen

Cursa resolución que aprueba contrato de prestación de servicios basado entre otras razones en que las causales que sustentan la contratación mediante el trato o contratación directa, se encuentran acreditadas en forma fehaciente por los hechos y circunstancias que se señalan en la resolución, complementados por los antecedentes acompañados.

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Dictamen N° 30.231

Fecha: 10-06-2009 

Organismo que realiza la consulta: Particular – Ministerio de Justicia

Tema de la Consulta: Competencia del Tribunal de Contratación Pública vs Competencia de la Contraloría

Resumen

La ley N° 19.886 contempla un procedimiento especial de reclamación en contra de las cuestiones que se susciten durante la tramitación de las licitaciones y la adjudicación de los contratos de suministro de bienes muebles y de servicios, estableciendo además un órgano jurisdiccional encargado de conocer y resolver dichas impugnaciones, sin que resulten procedentes, por ende, otros trámites o instancias que los previstos al efecto en la normativa pertinente. Por tal razón, Contraloría se abstiene de emitir un pronunciamiento respecto de un reclamo por acción u omisión ilegal en un proceso de licitación de servicios.

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Dictamen N° 31.243

Fecha: 15-06-2009 

Organismo que realiza la consulta: Subsecretaría de Agricultura

Tema de la Consulta: Justificación del trato directo, Cláusulas del contrato de suministro y/o de servicio

Resumen

No basta para omitir la realización de una propuesta pública, la simple referencia a las disposiciones legales y reglamentarias que contienen las causales que permiten omitir dicho procedimiento concursal, ya que atendido el carácter excepcional de la modalidad de trato directo, se requiere una acreditación efectiva y documentada de las razones que motivan su procedencia.

En consideración al principio de certeza y seguridad jurídica, es inadmisible que se contemple como causal de término anticipado de un contrato, el incumplimiento grave de las obligaciones convenidas, sin señalar las situaciones específicas constitutivas de dicho incumplimiento.

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Dictamen N° 31.331

Fecha: 16-06-2009 

Organismo que realiza la consulta: Ministerio de Educación

Tema de la Consulta: Etapas y plazos de la licitación

Resumen

Las bases administrativas deben consignar los plazos de adjudicación y celebración del contrato.

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Dictamen N° 31.914

Fecha: 18-06-2009 

Organismo que realiza la consulta: Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos

Tema de la Consulta: Resolución aprobatoria de bases

Resumen

Se debe dejar constancia en los considerandos de los actos que aprueban las bases administrativas que regirán una licitación pública, la circunstancia de no haberse encontrado disponible el bien o servicio requerido en el catálogo de bienes y servicios ofrecidos en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública, en la modalidad de Convenios Marcos, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14 del reglamento de la ley N° 19.886.

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Dictamen N° 33.331

Fecha: 24-06-2009 

Organismo que realiza la consulta: Gendarmería de Chile

Tema de la Consulta: Resolución aprobataria de bases de licitación, Publicación en www.mercadopublico.cl

Resumen

Las bases especiales de licitación y demás antecedentes que autoriza la resolución sometida a toma de razón deben sancionarse en forma previa a la adjudicación de la propuesta.

Observa que entre la información de la licitación publicada en el portal web www.mercadopublico.cl no se incluyó al Anexo N° 1, no obstante formar parte integrante de las bases administrativas especiales, lo que infringe lo dispuesto en el artículo 57, letra f), del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, Reglamento de la ley N° 19.886.

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Dictamen N° 33.330

Fecha: 24-06-2009 

Organismo que realiza la consulta: Servicio de Salud Metropolitano Central

Tema de la Consulta:Aclaraciones, Requisitos para participar

Resumen

Se debe sancionar por acto administrativo afecto a toma de razón, con anterioridad a la adjudicación, las aclaraciones que impliquen una modificación a bases de licitación.

No corresponde establecer requisitos de experiencia, sin perjuicio de que ésta pueda ser considerada como un criterio de evaluación en los términos previstos en el artículo 38 del reglamento de la Ley N° 19.886.

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