Disponibilidad de Mercado Público ante contingencia de suministro eléctrico
Debido a la suspensión del suministro eléctrico ocurrida el 25 de febrero, ChileCompra emitirá un certificado de indisponibilidad. Este documento podrá ser solicitado por los usuarios afectados.
A raíz de la falla de suministro eléctrico que afectó al país durante el día de ayer y que pudo haber impactado las transacciones de los usuarios de la plataforma de la plataforma de compras públicas www.mercadopublico.cl, ChileCompra emitirá un certificado de indisponibilidad, el que será válido para los procesos que cerraron desde el día 25 de febrero a partir de las 15.16 horas hasta las 10 horas del día 26 de febrero.
Para solicitar dicho documento, el usuario debe contactarse a través de la Mesa de Ayuda de ChileCompra y proporcionar la fundamentación necesaria para la emisión del certificado.
Participa de la encuesta sobre Compras Públicas de innovación
El breve cuestionario invita a las personas interesadas a presentar sus comentarios y aportes respecto de cómo las contrataciones de soluciones innovadoras pueden apoyar la gestión del Estado.
En el contexto de la reforma de la Ley 19.886 de compras públicas, el Laboratorio de Gobierno y la Dirección ChileCompra iniciaron un proceso de levantamiento de información sobre las posibles áreas en las cuales el Estado debería fomentar la Compra Pública de Innovación (CPI).
Por tal motivo, se invita a funcionarios del sector público, empresas privadas, la academia, ONGs y ciudadanía en general a responder un breve cuestionario que servirá de base para el plan de trabajo futuro, que permita mejorar los servicios brindados por el Estado.
En la encuesta se pregunta entre otros, por los beneficios cree que puede traer la CPI a los organismos públicos, la detección de problemas que no han logrado una solución en el mercado y las barreras que han dificultado su resolución.
Cabe recordar que los cambios normativos introducirán a partir de junio próximo dos nuevos procedimientos de compra: el Contrato para la Innovación y el Diálogo Competitivo de Innovación. El primero es el procedimiento de compra de bienes o la contratación de servicios para la satisfacción de necesidades o resolución de problemas respecto de las cuales no existen productos o servicios adecuados o disponibles en el mercado. Para efectos de este procedimiento, el desarrollo de prototipos y otros gastos de investigación y desarrollo podrán ser costeados por la entidad licitante.
Por su parte, el Diálogo Competitivo de Innovación es un procedimiento competitivo que establece un dialogo o debate estructurado con proveedores, que permite conocer especificaciones técnicas de bienes o servicios disímiles disponibles en el mercado, que pueden adaptarse para satisfacer una necesidad compleja.
A esto se suma el Comité de Compras Públicas de Innovación y Sustentabilidad que ya entró en funciones y que tiene como función principal asesorar al Estado y a ChileCompra en las compras públicas de innovación, que involucran procesos de investigación y desarrollo, así como en la determinación de aquellas necesidades públicas que podrían ser satisfechas a través de bienes o servicios que incorporen innovación o criterios de sustentabilidad. La instancia está presidida por la Subsecretaria de Hacienda, Heidi Berner e integrado por los subsecretarios de Economía y Empresas de Menor Tamaño, Javiera Petersen; del Medio Ambiente, Maximiliano Proaño y de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación, Cristián Cuevas Vega.
Beneficios de la compra pública de innovación
Para el sector público: – Resolver problemas o desafíos para los que no existe solución. – Posibilidad de fomento de industrias o tecnologías en áreas estratégicas para el Estado. – Mejora en los servicios que provee el Estado. – Migrar hacia una cultura innovadora dentro de las organizaciones públicas.
Para el sector privado y ciudadanía: – Fomento de la innovación en el mundo privado. – Entornos reales para experimentación permiten rápido aprendizaje y mejores soluciones. – Promoción de la transferencia de conocimiento público – privado y co creación entre los actores del ecosistema. – Generación de nuevos mercados. – Disminución del riesgo comercial para el desarrollo de innovación.
ChileCompra adjudica nuevo Convenio Marco de Alimentos a 412 proveedores
Por primera vez, 23 pequeños agricultores certificados INDAP resultaron adjudicados gracias al trabajo conjunto entre ChileCompra y el Ministerio de Agricultura.
Los organismos públicos podrán hacer compras de una amplia gama de alimentos por montos entre 10 y hasta 25.000 UTM, con 20% más de productos con respecto a convenio actualmente en tienda.
La Dirección ChileCompra informó mediante la resolución 064-B sobre la adjudicación de 412 proveedores para el Convenio Marco de Alimentos ID 2239-9-LR24 el que estará vigente por 36 meses.
La licitación logró alta convocatoria recibiendo 590 ofertas, de las cuales 12 fueron presentadas por Uniones Temporales de Proveedores y 23 por parte de pequeños agricultores certificados por INDAP. Estos últimos resultaron adjudicados en su totalidad.
Por otra parte, se generó una mayor oferta de productos logrando un 20% más respecto del Convenio Marco vigente con 186.110 ofertas.
El Convenio Marco de Alimentos es el de mayor participación en montos con más de 165 millones de dólares transados (neto) en 2024, con una amplia participación por parte de las Empresas de Menor Tamaño que logran más de 50% de los montos de las transacciones.
Mediante este convenio, los organismos que transan a través de la plataforma www.mercadopublico.cl podrán adquirir productos en sus tres categorías:
Alimentos generales: Alimentos para bebés, bebidas, aguas y jugos, conservas de latas, alimentos de despensa como aceites, azúcar, harinas, arroz, además de lácteos y sus derivados y panadería.
Alimentos que no requieren autorización sanitaria: Frutas y vegetales frescas.
Alimentos que requieren frío para su conservación: Jugos y concentrados refrigerados, carnes congeladas, fiambres y embutidos, lácteos y derivadores refrigerados, mantequilla y margarina y panadería
El actual Convenio Marco de Alimentos ID 2239-7-LR17 tiene un plazo de vigencia hasta el 20 marzo de 2025 por lo que se espera que a esa fecha se encuentre habilitada la nueva tienda.
Observatorio alerta sobre incumplimiento de contenido mínimo en bases de licitación
Fue a raíz del Informe N°1445 emitido por el Observatorio ChileCompra ante potenciales irregularidades en licitación por contrato de suministro que la Contraloría Regional del Ñuble instruyó a entidad municipal iniciar un procedimiento de invalidación de unas bases de licitación.
La investigación arrojó faltas respecto del cumplimiento de información mínimapara las bases de licitación y no contemplar un criterio económico para evaluar las ofertas, entre otros temas.
En el marco del monitoreo permanente de procesos de compra que efectúa el Observatorio ChileCompra, fue detectada una potencial irregularidad en la licitación, ID 4519-5-LQ24, “Sistema de Abastecimiento por contrato de suministro y servicios Municipalidad de Trehuaco año 2024-2025”. Las bases establecían un contrato de suministro hasta el 31 de diciembre del 2025, sin embargo, para efecto del monto, el organismo municipal estableció un presupuesto para el año 2024 de $247.026.000, y no informó sobre el presupuesto para el año 2025.
Por otra parte, las bases no especificaban las características de cada uno de los productos de las 17 líneas de servicios o productos distintos, como alimentos y bebidas, artículos de aseo, artículos de oficina y librería, gasolina, parafina, petróleo y gas licuado, implementos de seguridad laboral, banquetearía, arriendo de vehículo para traslado de personas, afiches publicitarios y diseño gráfico, regalos institucionales, entre otros. Lo anterior, presume una eventual infracción a las normas, particularmente al incumplimiento del contenido mínimo de las bases de licitación.
Por otra parte, las bases de licitación no contemplaron un criterio económico para evaluar las ofertas, impidiendo analizar cuál de éstas resultaban más ventajosa entre todos los beneficios del bien o servicio por adquirir y todos sus costos asociados. Además, en las bases publicadas tampoco se regula un criterio o mecanismo de desempate, a pesar de que éste se contempla como obligatorio en el inciso cuarto del artículo 38 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
Instrucciones desde la Contraloría Regional de Ñuble
La Contraloría Regional de Ñuble, considerando los antecedentes remitidos por el Observatorio ChileCompra a través del citado informe N°1445, emitió el Oficio Nº E555322 del 21 de octubre de 2024, donde constató que, en las bases de la licitación ID 4519-5-LQ24 en su artículo N°1, se señalaba solo el monto estimado para el año 2024, sin detallar el monto para cada ítem. Asimismo, que no se habían especificado las posibles cantidades de los bienes a contratar, y que, en las bases técnicas pertinentes, no se señalaba ninguna especificación de los productos ni de sus características principales.
Por otra parte, el oficio hace referencia a la suma total a la que asciende el contrato, la cual tiene especial relevancia para efectos de establecer el monto de la garantía de fiel cumplimiento de contrato.
Por los antecedentes recopilados, según lo indicado por la Contraloría, procede que la aludida entidad comunal -Ilustre Municipalidad de Trehuaco- inicie un procedimiento de invalidación del proceso de licitación, conforme con lo previsto en el artículo 53, de la ley N° 19.886.
Recomendaciones Generales
Organismos compradores municipales
Para promover buenas prácticas en compras a nivel municipal, la Dirección ChileCompra junto con la Comisión de Integridad Pública y Transparencia y la Alianza Anticorrupción UNCAC elaboraron una serie de recomendaciones las cuales se encuentran disponibles en documento Guía de Buenas Prácticas en compras públicas para el sector Municipal.
Invitamos a los organismos públicos a participar en nueva Compra Coordinada para Arriendo de Impresoras por 36 meses
Los organismos compradores del Gobierno Central que quieran sumarse pueden inscribirse a través del módulo disponible de Compras Coordinadas en www.mercadopublico.cl.
La Dirección ChileCompra invita a los organismos y servicios del Gobierno Central a inscribirse y ser parte del nuevo proceso de Compra Coordinada de Arriendo de Impresoras por 36 meses, con plazo de inscripción hasta el 22 de marzo de 2025.
El último proceso adjudicado de Arriendo de Impresoras por 36 meses (122317-10-LR24) unificó la demanda de 18 organismos públicos obteniendo una diferencia positiva respecto del presupuesto de 54% en promedio.
Las Compras Coordinadas son una modalidad de compra, por la cual dos o más entidades regidas por la Ley de Compras (además de los organismos públicos adheridos voluntariamente o representados por la Dirección ChileCompra), agregan demanda mediante un procedimiento competitivo. Esto con el fin de lograr ahorros y reducir costos de transacción.
Para el año 2025, la Dirección ChileCompra, en conjunto con la Dirección de Presupuestos, ha planificado efectuar Compras Coordinadas para las adquisiciones y contrataciones de los servicio de arriendo de impresoras, de computadores, de compra de computadores y de servicio de telefonía móvil y banda ancha móvil (BAM). Si es de interés de un organismo sumarse a estos procesos, puede consultar desde ya las fechas estimadas para el periodo 2025 en sección de Compras Coordinadas en siguiente link.
Para dudas y consultas sobre el proceso en curso, los organismos públicos pueden contactarse mediante el correo comprasestrategicas@chilecompra.cl.
ChileCompra presenta avances en innovación en compras públicas en encuentro internacional de Brasilia
En el encuentro internacional de Contrataciones Públicas para el Desarrollo Sostenible, Dora Ruiz, jefa de la División de Mercado Público de ChileCompra expuso sobre la experiencia chilena junto a representantes de Inglaterra, Suecia y Corea del Sur.
Las reformas de la ley de compras públicas de Chile contemplan avances relevantes como la conformación del Comité de Compra Pública de Innovación y Sustentabilidad y nuevos procedimientos de compra en Mercado Público, como los Contratos para la Innovación y Diálogos Competitivos, que entrarán a regir a partir del 12 de junio de 2025.
Invitada por la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), la Dirección ChileCompra, representada por Dora Ruiz, jefa de la División de Mercado Público, expuso este martes 19 de febrero sobre los avances y desafíos en innovación en compras públicas en Seminario Internacional de Contrataciones Públicas para el Desarrollo Sostenible realizado en Brasilia.
Con los cambios a la Ley de Compras Públicas, a partir de junio de 2025, entrarán en vigencia dos nuevos procedimientos de compra: los diálogos competitivos y los contratos para innovación, que permitirán al Estado invertir en soluciones que no existen en el mercado actual.
Así lo explicó este 19 de febrero, la jefa de la División de Mercado Público de ChileCompra, Dora Ruiz, quien participó del panel de experiencias destacadas a nivel junto a representantes de Inglaterra, Suecia y Corea del Sur. En su intervención, puso énfasis en impulsar la implementación de la compra pública de innovación como una herramienta estratégica para resolver necesidades complejas del sector público, fomentando el desarrollo y adopción de soluciones innovadoras que sean sustentables y sostenibles, contribuyendo a mejorar los servicios públicos, con foco en la ciudadanía.
“Se pueden mejorar los servicios que provee el Estado con soluciones innovadoras, por ejemplo, en controles que podrían hacerse más automatizados y mirar hacia una cultura donde nos preguntemos desde el problema y no desde la solución. Con la compra pública innovadora se busca promover la colaboración, competitividad, productividad y participación de Mipymes, Startups, scaleups, cooperativas y otros proveedores de innovación, entre otros”, explicó la especialista.
Asimismo, destacó que la innovación en compras públicas puede ser una buena noticia en el ámbito privado puesto que implica más recursos y abrir el campo de la innovación para enfrentar los infinitos desafíos de las 1.100 instituciones que hoy día operan en Mercado Público, más las nuevas entidades que se suman al sistema con los cambios normativos.
De acuerdo a los cambios a la Ley 19.886, el Contrato para la Innovación es el procedimiento de compra de bienes o la contratación de servicios para la satisfacción de necesidades o resolución de problemas respecto de las cuales no existen productos o servicios adecuados o disponibles en el mercado. Para efectos de este procedimiento, el desarrollo de prototipos y otros gastos de investigación y desarrollo podrán ser costeados por la entidad licitante.
Por otra parte, el Diálogo Competitivo de Innovación es un procedimiento competitivo que establece un dialogo o debate estructurado con proveedores, que permite conocer especificaciones técnicas de bienes o servicios disímiles disponibles en el mercado, que pueden adaptarse para satisfacer una necesidad compleja.
En este sentido, “esta política de compra pública innovadora propine convocar a los organismos públicos a realizar procesos de Compras públicas de Innovación (CPI), mediante la generación de herramientas para la formación de capacidades, y el establecimiento de asistencia técnica, provista interministerialmente”, explicó Dora Ruiz.
Como parte de este proceso se refirió a la constitución del Comité de Compras Públicas de Innovación y Sustentabilidad que ya entró en funciones y que tiene dentro de sus principales objetivos, asesorar al Estado y a ChileCompra en las compras públicas de innovación, que involucran procesos de investigación y desarrollo, así como en la determinación de aquellas necesidades públicas que podrían ser satisfechas a través de bienes o servicios que incorporen innovación o criterios de sustentabilidad.
El encuentro internacional llevado a cabo en Brasilia tuvo como foco central discutir cómo las compras públicas pueden contribuir al desarrollo sostenible, preservando el planeta y generando valor para la sociedad congregó a representantes internacionales e internacionales de organismos estatales, privados y academia.
El evento fue organizado por el Ministerio de Gestión e Innovación de los Servicios Públicos (MGI), en alianza con la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), y formó parte del programa de la Semana de las Compras Públicas y el Desarrollo. Revisa más información en siguiente link.
Se extiende el plazo para ofertar en la nueva licitación para el Convenio Marco de Escritorio y Papelería
Hasta el 21 de febrero, las proveedoras y proveedores pueden revisar los requerimientos y enviar sus ofertas a través de www.mercadopublico.cl con el ID 2239-16-LR24.
Licitación de Convenio Marco:
El 9 de diciembre, ChileCompra publicó las bases de licitación del nuevo Convenio Marco de Escritorio y Papelería (ID 2239-16-LR24) el cual, en su tercera versión, tiene el objetivo de ampliar la paleta de productos licitados, incluyendo la nueva subcategoría de artículos escolares, los que estarán disponibles en la tienda de Convenios Marco de la plataforma www.mercadopublico.cl por montos superiores a 10 UTM y un máximo de 25.000 UTM.
La presente licitación es elaborada tras un análisis de este rubro, realizándose en conformidad con el artículo 13 bis del reglamento de la ley N° 19.886 una consulta al mercado, singularizada en el portal de Mercado Público con elID 3233-5-RFI24, además dereuniones con diferentes SLEPs del país para indagar sobre necesidades de compra de artículos escolares.
Es importante señalar que el actual Convenio Marco de Escritorio y Papelería (ID 2239-2-LR23) ha transado más de 30 mil millones de dólares anualmente, y estará vigente hasta el 29 de junio de 2025.
Producto y servicio requerido:
Este nuevo convenio marco contempla 2 categorías de productos requeridos:
Artículos de Escritorio y Oficina: – Insumos de oficina. – Accesorios de computación y pilas. – Artículos escolares.
Papelería: – Archivos, carpetas, cuadernos y sobres. – Papel multipropósito.
Beneficios esperados:
Este nuevo Convenio Marco amplia la paleta de productos licitadas y busca cubrir las necesidades de compra de establecimientos e instituciones escolares.
Además, amplía la vigencia del convenio de 12 a 36 meses ofreciendo un contrato más extenso, y durante la operatoria permitirá una mayor flexibilidad en la actualización de productos adjudicados, facilita la incorporación de productos nuevos.
Foro de preguntas. Respuestas se publican el 10 de enero.
21 de febrero de 2025
Cierre de recepción de ofertas a las 15.00 horas.
21 de febrero de 2025
Apertura técnica y económica de las ofertas a las 15.30 horas.
18 de abril de 2025
Fecha estimada de adjudicación de la licitación.
Aprovecha esta oportunidad en Mercado Público:
Revisa las Bases de Licitación, en especial las etapas y plazos, los criterios de evaluación y los requerimientos técnicos. Adjunta toda la documentación requerida y oferta con anticipación.
Te invitamos a participar enviando comentarios a Consultas Ciudadanas de Bases Tipo de Licitación para cinco rubros
Con el objetivo de mejorar y facilitar los procesos de contratación de los organismos públicos, ChileCompra pone en Consulta Pública las Bases Tipo de Licitación de servicio de vigilancia, arriendo de vehículos, servicio de capacitación y formación, seguros generales y Cloud Computing que estarán disponibles hasta el 21 de febrero de 2025. Revisa acá las Consultas Públicas.
La Dirección ChileCompra ha puesto en Consulta Pública cinco Bases Tipo de Licitación, que busca recoger opiniones tanto de la ciudadanía como de usuarios compradores y proveedores, para los servicios de arriendo de vehículos, contratación de servicio de capacitación y formación, contratación de seguros generales, contratación de servicios de vigilancia y la contratación de servicios de Cloud Computing y Asociados
Los comentarios recibidos serán insumo para mejorar los documentos que se traducirán en las nuevas Bases Tipo que ayudarán a los organismos públicos a efectuar sus licitaciones públicas.
Cabe recordar que utilizando las Bases Tipo, las entidades del Estado pueden ahorrar tiempo y recursos dado que sólo deben completar los anexos, manteniendo así la toma de razón ya otorgada por la Contraloría General de la República. El uso de estas bases han sido promovidos tanto por la entidad fiscalizadora como por la Fiscalía Nacional Económica como instrumento para promover la competencia y disminuir la corrupción y su uso es obligatorio de acuerdo a lo indicado por la Contraloría General de la República.
Consulta Ciudadana sobre Bases Tipo para contratación de servicio de seguridad privada
Fecha de publicación: martes 11 de febrero de 2025. Plazo de cierre de Consulta Pública: viernes 21 de febrero de 2025. Plazo de publicación de respuesta por parte de ChileCompra: viernes 21 de marzo de 2025
Consulta Ciudadana sobre Bases Tipo para servicio de arriendo de vehículos
Fecha de publicación: martes 11 de febrero de 2025. Plazo de cierre de Consulta Pública: viernes 21 de febrero de 2025. Plazo de publicación de respuesta por parte de ChileCompra: viernes 21 de marzo de 2025
Consulta Ciudadana sobre Bases Tipo para la contratación de servicios de Cloud Computing y Asociados
Fecha de publicación: martes 11 de febrero de 2025. Plazo de cierre de Consulta Pública: viernes 21 de febrero de 2025. Plazo de publicación de respuesta por parte de ChileCompra: viernes 21 de marzo de 2025
Consulta Ciudadana sobre Bases Tipo para la contratación de servicios de Formación y Capacitación
Fecha de publicación: martes 11 de febrero de 2025. Plazo de cierre de Consulta Pública: viernes 21 de febrero de 2025. Plazo de publicación de respuesta por parte de ChileCompra: viernes 21 de marzo de 2025
Consulta Ciudadana sobre Bases Tipo para la contratación de Seguros Generales
Fecha de publicación: martes 11 de febrero de 2025. Plazo de cierre de Consulta Pública: viernes 21 de febrero de 2025. Plazo de publicación de respuesta por parte de ChileCompra: viernes 21 de marzo de 2025
ChileCompra dispone directiva con recomendaciones sobre uso de datos personales en los procesos de compra
Se trata de una serie de orientaciones -no vinculantes- para las instituciones del Estado respecto del resguardo de los datos de sus proveedores, su respectiva confidencialidad, veracidad y finalidad entre otros.
Teniendo presente los lineamientos del Consejo para la Transparencia, la Dirección ChileCompra publicó este 6 de febrero la directiva N°45 con recomendaciones a los organismos del Estado para un buen uso de datos personales en los procesos de contratación.
En el documento, se establecen una serie de principios por los cuáles se entregan orientaciones, ejemplos y posibles cláusulas para agregar a las Bases de Licitación y contratos:
1.- Principio de veracidad: Se señala que las instituciones deben velar que los datos personales sean exactos y actualizados, siendo responsable de la base de datos. En ese sentido, se recomienda eliminar los datos caducos y aquellos que estén fuera de su competencia; bloquear los datos personales cuya exactitud no pueda ser establecida o cuya vigencia sea dudosa y respecto de los cuáles no corresponda su cancelación; y modificar los datos inexactos, equívocos o incompletos.
En caso de existir una falta al principio de veracidad, los organismos compradores que detecten el incumplimiento o el titular de los datos pueden dirigirse con los antecedentes pertinentes y por los canales de atención disponibles al responsable del Banco de Datos, sea la Dirección ChileCompra u otros organismos públicos, a fin de solicitar su actualización, eliminación o bloqueo, quienes resolverán aplicando las normativas que les sean aplicables sobre protección de la vida privada.
2.- Principio de finalidad: Se dispone que la recopilación de datos para un proceso de compra sólo debe utilizarse para dar cumplimiento a los requisitos de transparencia, en donde cabe por ejemplo la verificación de que el proveedor se encuentra habilitado para contratar con la Administración del Estado y la verificación del cumplimiento del proveedor de requisitos administrativos y técnicos establecidos en las respectivas bases de licitación o contrato.
3.- Principio de proporcionalidad: La directiva indica que los organismos públicos deben ponderar ese requerimiento de datos a los proveedores, por ejemplo el nivel de certeza que necesita respecto de la identidad del oferente al momento de presentar la oferta y al momento de suscribir el contrato, evidenciándose una diferencia, en cuanto el proveedor solo luego de la firma del contrato adquiere los derechos y obligaciones que nacen de este.
4.- Principio de seguridad: Se señala que conforme a lo establecido en el artículo 11 de la Ley de Protección de la Vida Privada, la entidad es responsable de los registros o bases donde se almacenen datos personales, con posterioridad a su recolección, por lo que deberá resguardarlos y hacerse responsable de los posibles daños.
5.- Principio de confidencialidad: En cuanto a que las personas que trabajan en el tratamiento de datos personales o tengan acceso a éstos de otra forma (como aquellos funcionarios públicos autorizados para el acceso a bancos de datos de los organismos respectivos), están obligadas a guardar secreto sobre los mismos, cuando provengan o hayan sido recolectados de fuentes no accesibles al público, como asimismo sobre los demás datos y antecedentes relacionados con el banco de datos, obligación que no cesa por haber terminado sus actividades en ese campo.
6.-Deber de protección especial de los datos personales sensibles: Conforme prescribe el artículo 10 de la Ley N° 19.628 de Protección de la Vida Privada, existe una prohibición general de tratamiento de datos personales sensibles, salvo cuando una disposición legal lo autorice, exista consentimiento del titular o sean datos necesarios para la determinación u otorgamiento de beneficios de salud que correspondan a sus titulares. En este sentido, es deber del organismo comprador resguardar los datos sensibles que posea y revisar previamente a la publicación de algún documento en el Sistema de Información que este no los contenga.
7.-Actualización legal en materia de tratamiento de datos personales: Cabe recordar la publicación en el Diario Oficial de la Ley N° 21.719 que regula la Protección y el Tratamiento de los Datos Personales y crea la Agencia de Protección de Datos Personales. Esta normativa entrará en vigencia en los 24 meses posterior a su publicación en el Diario Oficial, es decir, a contar del 1 de diciembre de 2026.
Organismos del Estado deben informar nómina de quienes participan en procesos de compra y gestión contractual en www.mercadopublico.cl
A partir de los cambios normativos, se establece además que este mismo grupo de funcionarios y funcionarias debe realizar su Declaración de Intereses y Patrimonio (DIP).
Para aumentar la probidad y la transparencia en el marco de los cambios a la Ley de Compras Públicas, las instituciones regidas por la normativa deben registrar en los formularios habilitados en Mercado Público la nómina con el personal que participa del procedimiento de compra y de ejecución contractual y las funciones que cumplen en tales procedimientos, sean personal de contrata, planta o honorario.
De esta manera, desde la entrada en vigencia de las modificaciones normativas el 12 de diciembre de 2024, los organismos públicos deben informar, conforme lo dispuesto en el artículo 13 del Reglamento, respecto a quienes son:
Los funcionarios y funcionarias que hacen el requerimiento de compra
Participantes de la Unidad de compra o unidad equivalente
Evaluador o quienes integran la comisión evaluadora
El personal responsable de la visación jurídica de los respectivos actos administrativos
Los administradores de los respectivos contratos
Firmantes de contratos
El módulo de www.mercadopublico.cl donde debe publicarse esta nómina varía según el procedimiento de compra. Revisa en el tutorial el paso a paso cómo hacerlo:
Declaración de Patrimonio e Intereses (DIP)
Las mismas personas que integran las mencionadas nóminas deben realizar además su Declaración de Patrimonio e Intereses (DIP) de manera individual en el sitio declaracionjurada.cl/dip/ administrado por la Contraloría General de la República.
Aquí deben seguir las instrucciones, llenando los campos correspondientes, manteniendo la información actualizada cada seis meses, específicamente en los meses de marzo y septiembre. El personal nuevo que tiene que realizar la DIP debe realizarlo dentro de un plazo de 30 días corridos desde que asumen su cargo, y actualizarla en el mes de marzo y septiembre de cada año según corresponda.